Pregunta del tema «Sistema de luces de los vehículos» · Nº 9 / 839

¿En qué condiciones debe llevarse encendida la luz antiniebla trasera?

  • ACuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables.
  • BEn caso de lluvia intensa, nevadas o nubes de polvo o humo.
  • CCuando las condiciones meteorológicas o ambientales reduzcan la visibilidad.
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Respuesta correcta

  • ACuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables.
Explicación

Según el artículo 106.2 del RGC, la antiniebla trasera solo se lleva encendida en condiciones especialmente desfavorables, como niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo. Si la visibilidad solo disminuye, basta la luz de corto o largo alcance o la antiniebla delantera.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 106.2La luz antiniebla trasera solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorablesLeer la norma completa

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