Pregunta del tema «Velocidad y distancias» · Nº 95 / 961
Ud. circula con su turismo por una carretera convencional que tiene más de un carril para alguno de los sentidos de circulación. ¿A qué velocidad máxima le está permitido circular?
- AA 80 kilómetros por hora.
- BA 90 kilómetros por hora.
- CA 100 kilómetros por hora.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BA 90 kilómetros por hora.
Explicación
Desde el 29 de enero de 2019 el límite genérico para turismos y motocicletas en carreteras convencionales es de 90 km/h, sin importar el arcén ni el número de carriles. Solo si los sentidos tienen separación física puede el titular de la vía fijar 100 km/h.
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