Pregunta del tema «Sistema de luces de los vehículos» · Nº 114 / 839
Al conducir con visibilidad muy reducida, ¿es obligatorio encender la luz antiniebla trasera?
- ANo, es opcional.
- BSí, pero solo si circula por autopista o autovía.
- CSí, para señalar su posición a otros usuarios de la vía.
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Respuesta correcta
- CSí, para señalar su posición a otros usuarios de la vía.
Explicación
Cuando las condiciones son especialmente desfavorables y la visibilidad queda muy reducida (niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada), la luz antiniebla trasera debe llevarse encendida en cualquier tipo de vía (artículo 106.2 del Reglamento General de Circulación), para que los de detrás vean el vehículo.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 106.2
La luz antiniebla trasera solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorablesLeer la norma completa
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