Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 175 / 982
En una carretera convencional, ¿se puede parar o estacionar fuera de la calzada y de la zona transitable del arcén?
- ASí, en el lado derecho y dejando libre la parte transitable del arcén.
- BSe puede parar, pero no estacionar fuera de la calzada.
- CSe puede estacionar, pero no parar fuera de la calzada.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- ASí, en el lado derecho y dejando libre la parte transitable del arcén.
Explicación
En vías interurbanas, la parada y el estacionamiento deben hacerse siempre fuera de la calzada, en su lado derecho y dejando libre la parte transitable del arcén (artículo 90.1 del Reglamento General de Circulación). Ambas maniobras se permiten en esas condiciones.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 90.1
La parada o el estacionamiento de un vehículo en vías interurbanas deberá efectuarse siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de ésta y dejando libre la parte transitable del arcénLeer la norma completa
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