Pregunta del tema «Obligaciones de conductores y peatones» · Nº 38 / 200

Para adelantar, fuera de poblado, a un grupo de peatones que llevan animales, ¿cómo realizará la maniobra?

  • AEn general, en estos casos no se debe realizar el adelantamiento por razones de seguridad.
  • BDejando una separación lateral no inferior a 1,50 m.
  • CDejando una separación lateral de seguridad, proporcional al ancho de la calzada.
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Respuesta correcta

  • BDejando una separación lateral no inferior a 1,50 m.
Explicación

Según el artículo 85.4 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), al adelantar a peatones o animales hay que ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario y guardar una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metros. Fuera de poblado, además, hay que reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 85.4 (redacción del RD 518/2026)debe efectuarlo ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, en su caso, de la calzada y guardando una anchura de seguridad de, al menos, 1,5 metrosLeer la norma completa

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