Pregunta del tema «Obligaciones de conductores y peatones» · Nº 43 / 200

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¿Podrán los peatones circular por una carretera convencional?

  • ANo nunca.
  • BSí, cuando no exista zona peatonal.
  • CSí, pero solo por el arcén, nunca por la calzada.
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Respuesta correcta

  • BSí, cuando no exista zona peatonal.
Explicación

Según el artículo 122.1 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), cuando no exista zona peatonal practicable los peatones circularán por el arcén o, en su defecto, por la calzada. En cambio, por autopistas y autovías no podrán circular, salvo en los casos y condiciones del artículo 130 (artículo 125.1).

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 125.1 (redacción del RD 518/2026)Los peatones no podrán circular por autopistas ni autovías, salvo en los casos y condiciones que se determinan en el artículo 130Leer la norma completa

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