Pregunta del tema «Definiciones» · Nº 21 / 67
¿Qué se entiende por vehículo?
- ATodo aparato provisto de motor apto para circular por las vías públicas.
- BTodo aparato apto para circular por las vías públicas.
- CTodo aparato provisto de motor destinado al transporte de personas o mercancías.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BTodo aparato apto para circular por las vías públicas.
Explicación
Se considera vehículo a todo aparato con o sin motor, apto para circular por vías y terrenos públicos o que sin ser públicos sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.
App independiente: no está afiliada a la DGT (Dirección General de Tráfico) ni al Ministerio del Interior, ni cuenta con su respaldo. El examen oficial se solicita a la DGT y se realiza en sus centros de examen. Las preguntas son material de práctica; el banco oficial de preguntas de la DGT no es público.