Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 424 / 982

Para cambiar de dirección a la izquierda en una vía de sentido único, ¿se ceñirá todo lo posible al borde izquierdo de la calzada?
- ASí, pero sólo en vías de doble sentido de circulación.
- BSí, salvo que la vía esté acondicionada o señalizada para realizarlo de otra manera.
- CNo, como norma general.
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Respuesta correcta
- BSí, salvo que la vía esté acondicionada o señalizada para realizarlo de otra manera.
Explicación
Salvo que la vía esté acondicionada o señalizada de otra manera, para girar a la izquierda en una calzada de sentido único hay que ceñirse todo lo posible a su borde izquierdo. Si la calzada es de doble sentido, hay que ceñirse a la marca de separación de sentidos o al eje (artículo 75.1 del Reglamento General de Circulación).
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