Pregunta del tema «Señales de circulación» · Nº 581 / 1397

La intención de efectuar una maniobra debe indicarse...
- Acon las señales luminosas y, en su defecto, con el brazo.
- Bsiempre con el brazo.
- Csiempre con las señales luminosas.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- Acon las señales luminosas y, en su defecto, con el brazo.
Explicación
Según el artículo 108.2 del Reglamento General de Circulación, las maniobras se advierten, como norma general, con la señalización luminosa del vehículo o, en su defecto, con el brazo. Si ambas se contradicen, prevalece la señal hecha con el brazo.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 108.2
Como norma general, dichas advertencias se harán utilizando la señalización luminosa del vehículo o, en su defecto, con el brazoLeer la norma completa
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