Pregunta del tema «Normas de preferencia para circular» · Nº 191 / 403

Los conductores de bicicletas, ¿cuándo tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor?

  • ACuando, circulando en grupo, el primer ciclista haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.
  • BSiempre.
  • CNunca.
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Respuesta correcta

  • ACuando, circulando en grupo, el primer ciclista haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.
Explicación

Según el artículo 64 del Reglamento General de Circulación, los ciclistas tienen prioridad cuando circulan por un carril bici, paso para ciclistas o arcén señalizados, cuando un vehículo gira y hay un ciclista cerca, y cuando, en grupo, el primero ya ha iniciado el cruce o entrado en la glorieta.

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