Pregunta del tema «Velocidad y distancias» · Nº 497 / 961

Circulando por una autopista con una motocicleta, ¿cuál será la velocidad mínima a la que podrá circular?
- Ainferior a 60 kilómetros por hora.
- Bde 60 kilómetros por hora.
- Cde 60 kilómetros por hora o inferior.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- Bde 60 kilómetros por hora.
Explicación
Según el artículo 49 del Reglamento General de Circulación, en autopistas y autovías está prohibido circular con vehículos a motor por debajo de 60 km/h, salvo causa justificada. La velocidad mínima es, por tanto, 60 km/h, también para las motocicletas.
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