Pregunta del tema «Sistema de luces de los vehículos» · Nº 494 / 839

Imagen de la pregunta

Con niebla que reduce sensiblemente la visibilidad, ¿está permitido conducir solo con los alumbrados de posición y corto alcance?

  • ANo, debe encender la luz antiniebla delantera en todos los casos.
  • BSí, cuando el vehículo no dispone de luces antiniebla delanteras.
  • CNo, debe encender obligatoriamente la luz antiniebla delantera y trasera.
Ver respuesta

Respuesta correcta

  • BSí, cuando el vehículo no dispone de luces antiniebla delanteras.
Explicación

El artículo 106 del Reglamento General de Circulación permite, con niebla, usar la luz antiniebla delantera o la de corto o largo alcance. Por eso, si el vehículo no tiene antiniebla delantera, basta con las luces de posición y de cruce. La trasera se reserva para niebla espesa.

App independiente: no está afiliada a la DGT (Dirección General de Tráfico) ni al Ministerio del Interior, ni cuenta con su respaldo. El examen oficial se solicita a la DGT y se realiza en sus centros de examen. Las preguntas son material de práctica; el banco oficial de preguntas de la DGT no es público.