Pregunta del tema «El estado del conductor» · Nº 362 / 590
A partir de qué tasa de alcohol en aire espirado conducir constituye siempre delito contra la seguridad vial (art. 379 CP):
- AMás de 0,25 mg/l.
- BMás de 0,50 mg/l.
- CMás de 0,60 mg/l.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- CMás de 0,60 mg/l.
Explicación
Superar 0,60 mg/l en aire espirado (1,2 g/l en sangre) es delito conforme al art. 379 del Código Penal.
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