Pregunta del tema «Velocidad y distancias» · Nº 603 / 961

En esta vía se ha habilitado un carril adicional circunstancial, ¿a qué velocidad, como mínimo, deberán circular por dicho carril?
- A60 km/h o inferior si así estuviese señalizado.
- B80 km/h.
- CA la mitad de la genérica señalada para cada categoría de vehículos.
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Respuesta correcta
- A60 km/h o inferior si así estuviese señalizado.
Explicación
Según el artículo 42.1 del Reglamento General de Circulación, en el carril adicional circunstancial y en los arcenes habilitados se circula a un máximo de 80 km/h y un mínimo de 60 km/h, o a velocidades inferiores si así se establece o señaliza, con al menos la luz de cruce encendida de día y de noche.
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