Pregunta del tema «Obligaciones de conductores y peatones» · Nº 129 / 200
Un vehículo de movilidad personal (VMP) tiene prohibido circular por:
- AAceras, autopistas, autovías y travesías.
- BÚnicamente por las autopistas.
- CSolo por los carriles-bici.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- AAceras, autopistas, autovías y travesías.
Explicación
Según el artículo 38.4 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), se prohíbe circular con vehículos de movilidad personal por autopistas, autovías y travesías, y por vías interurbanas y túneles urbanos salvo vías ciclistas. Por las aceras está prohibida la circulación de cualquier vehículo (artículo 152.1).
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 38.4 (redacción del RD 518/2026)
Se prohíbe circular con vehículos de movilidad personal: a) Por autopistas y autovías. b) Por travesías.Leer la norma completa
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