Pregunta del tema «Sistema de luces de los vehículos» · Nº 564 / 839

Circula en situación de emergencia de noche por una carretera convencional insuficientemente iluminada a una velocidad inferior a 40km/h y lo hace con el alumbrado de corto alcance, ¿es correcto?
- ANo, debo llevar las luces de carretera.
- BSí, porque no hay ningún otro vehículo en la vía.
- CSí.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- CSí.
Explicación
Según el artículo 101.2.b del Reglamento General de Circulación, en vías interurbanas insuficientemente iluminadas se puede circular con la luz de cruce cuando se va a 40 km/h o menos y no se usa la de carretera. La luz de largo alcance solo es obligatoria por encima de 40 km/h (artículo 100.1).
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