Pregunta del tema «Normas de preferencia para circular» · Nº 303 / 403

El vehículo de la imagen se quiere incorporar a la circulación proveniente de un camino particular; ¿debe cederle el paso?
- ASólo si el vehículo está destinado al servicio público.
- BNo.
- CSí, porque se incorpora por la derecha.
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Respuesta correcta
- BNo.
Cuando no exista señalización que regule la preferencia de paso, el conductor está obligado a cederlo a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo en los siguientes supuestos: -Tendrán derecho de preferencia de paso los vehículos que circulen por una vía pavimentada frente a los procedentes de otra sin pavimentar. -Los que circulen por una vía pública sobre los que se quieren incorporar desde una vía privada. -Los vehículos que circulen por raíles tienen derecho de prioridad de paso sobre los demás usuarios. -En las glorietas, los que se hallen dentro de la vía circular tendrán preferencia de paso sobre los que pretendan acceder a aquellas. -Los vehículos que circulen por una autopista tendrán preferencia de paso sobre los que pretenden acceder a aquella.
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