Pregunta del tema «Documentación y permiso por puntos» · Nº 271 / 349
¿Debe estar iluminada la placa de matrícula en una motocicleta?
- ANo, nunca.
- BSí, la trasera.
- CNo, pero es aconsejable.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BSí, la trasera.
Explicación
Según el artículo 16.2 del Reglamento General de Vehículos, toda motocicleta debe llevar, entre otros dispositivos, luz de la placa posterior de matrícula. La placa trasera debe ir iluminada siempre que se circule con el alumbrado encendido, para que pueda leerse de noche o con poca visibilidad.
La norma · Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, Reglamento General de Vehículos (RGV) · art. 16.2
Toda motocicleta deberá estar provista de: Luz de cruce. Luz de carretera. Luz de frenado. Luz de la placa posterior de matrícula.Leer la norma completa
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