Pregunta del tema «Sistema de luces de los vehículos» · Nº 684 / 839
Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, el conductor de una bicicleta, ¿Debe llevar alguna prenda o elemento reflectante?
- ANo.
- BSí, cuando circule por vías urbanas e interurbanas.
- CSólo cuando circule por vías interurbanas.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- CSólo cuando circule por vías interurbanas.
Explicación
El ciclista que circule de noche o con poca visibilidad por una vía interurbana debe llevar al menos un elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros (artículo 118 del Reglamento General de Circulación). En vías urbanas esa obligación no se aplica, aunque la bicicleta debe llevar sus luces.
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