Pregunta del tema «Sistema de luces de los vehículos» · Nº 700 / 839
Si circulamos por un carril contiguo a uno habilitado para circular en sentido contrario al habitual, ¿qué obligación tenemos?
- ANinguna en especial porque circulamos en el sentido normal de circulación.
- BTendremos que utilizar la luz de corto alcance.
- CTendremos que utilizar la luz de corto alcance y circular a 80 km/h como máximo.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BTendremos que utilizar la luz de corto alcance.
Explicación
Si circulamos por el carril contiguo al habilitado para circular en el sentido contrario al habitual, debemos llevar encendida, al menos la luz de corto alcance, tanto de día como de noche. Deberíamos circular a 80 km/h como máximo exclusivamente en el caso de que sólo hubiera un carril para nuestro sentido de circulación.
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