Pregunta del tema «Obligaciones de conductores y peatones» · Nº 173 / 200
La celebración de marchas ciclistas organizadas, ¿Requieren autorización previa?
- ANo.
- BSí, siempre que el número de participantes sea superior a 50.
- CSólo las que se celebran en días festivos.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BSí, siempre que el número de participantes sea superior a 50.
Explicación
Sí. Las marchas ciclistas organizadas, que son las de más de 50 ciclistas, deben cumplir los requisitos de autorización que el anexo II del Reglamento General de Circulación establece para las pruebas deportivas, cualquiera que sea el día en que se celebren.
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