Pregunta del tema «Velocidad y distancias» · Nº 893 / 961
En una carretera convencional, ¿a qué velocidad máxima puede circular una motocicleta?
- AA 100 km/h.
- BA 90 km/h.
- CA 110 km/h.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BA 90 km/h.
Explicación
En carretera convencional la velocidad máxima genérica para turismos y motocicletas es de 90 km/h. Desde el 21 de marzo de 2022 no se puede superar en 20 km/h para adelantar, y desde 2019 ya no hay límite de 100 km/h ligado al ancho del arcén.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 51
Téngase en cuenta que esta derogación entra en vigor el 21 de marzo de 2022, según determina su disposición final 4.Leer la norma completa
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