Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 954 / 982

¿Está prohibido adelantar en los pasos para peatones y sus proximidades?

  • ASi adelantamos a vehículos de 2 ruedas, no.
  • BSí en los pasos para peatones, pero no en sus proximidades.
  • CSí.
Ver respuesta

Respuesta correcta

  • CSí.
Explicación

Según el artículo 87.1.b del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), está prohibido adelantar en los pasos para peatones señalizados y en sus proximidades, sin distinguir el tipo de vehículo adelantado ni la velocidad a la que se circule.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 87.1.b (redacción del RD 518/2026)b) En los pasos para peatones señalizados como tales, en las intersecciones con vías para ciclistas y en los pasos a nivel, y en sus proximidades.Leer la norma completa

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