Actualizado 16 de septiembre de 2026 · 4 min de lectura
Seguro para drones: desde qué peso es obligatorio y quién queda fuera
El reglamento europeo no se aplica por debajo de 20 kg. Lo que obliga en España es el RD 517/2024, y solo en A2, específica y certificada. A1 y A3 quedan fuera.
«¿Hace falta seguro para el dron?» se responde casi siempre con un sí rotundo o con un no rotundo, y las dos respuestas están mal. La obligación existe, pero recortada, y el recorte pasa por dos sitios distintos: el peso y la subcategoría.
Primero: el reglamento europeo no llega abajo
El Reglamento (CE) 785/2004, que fija los seguros de las aeronaves, se excluye a sí mismo del tramo pequeño. Su artículo 2.2 dice que no se aplica a:
b) los aeromodelos con una MTOM inferior a 20 kg
Ahí está el origen de toda la confusión. La norma europea que la gente cita para decir «el seguro es obligatorio» simplemente no habla de los drones que casi todo el mundo tiene.
Cuando sí se aplica —20 kg o más—, la cobertura mínima sale de su artículo 7, y para la primera categoría de la tabla es esta:
| Categoría | MTOM | Seguro mínimo |
|---|---|---|
| 1 | menos de 500 kg | 0,75 millones de DEG |
DEG son derechos especiales de giro, la unidad del FMI; su contravalor en euros varía a diario.
Segundo: lo que obliga en España por debajo de 20 kg
Ese hueco lo cubre el artículo 8 del Real Decreto 517/2024, y lo hace por subcategoría, no por peso:
| Operación | ¿Seguro obligatorio? |
|---|---|
| Categoría abierta, A1 | No lo exige el artículo 8 |
| Categoría abierta, A3 | No lo exige el artículo 8 |
| Categoría abierta, A2 | Sí |
| Categoría específica, cualquier modalidad | Sí |
| Categoría certificada | Sí |
| Cualquier operación con MTOM ≥ 20 kg | Sí, por el Reglamento 785/2004 |
Por debajo de 20 kg, lo exigible es una póliza o cualquier otra garantía financiera que cubra la responsabilidad civil de los artículos 126 y 127 de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea, con los límites de cobertura que actualiza el Real Decreto 37/2001.
Y hay dos flexibilidades que conviene conocer:
- La póliza puede ser continua, para toda la actividad del operador, o por operación o grupo de operaciones.
- El requisito queda cubierto si la responsabilidad civil está amparada por la póliza de una federación, entidad deportiva, asociación o club legalmente constituido. Quien vuela dentro de un club puede no necesitar nada más.
La lectura que importa al elegir curso
Esta es la consecuencia práctica que casi nadie menciona cuando compara el A1/A3 con el A2, y es una diferencia de dinero recurrente, no de una vez:
Pasar a A2 activa la obligación de seguro. El A2 es lo que permite acercarse a personas no participantes —hasta 30 metros, o 5 en modo de baja velocidad—, y es exactamente por ese acercamiento por lo que la norma pide cobertura. Quien se queda en A1/A3 con un dron ligero no tiene esa obligación por esta vía.
Dicho de otro modo: el coste del A2 no es solo el examen y la tasa. Es el examen, la tasa y la póliza, año tras año.
Lo que no cambia en ningún caso
Que no haya obligación de contratar póliza no elimina la responsabilidad. Si un dron de 300 gramos rompe un parabrisas o lesiona a alguien, responde su operador con arreglo a las normas generales. La diferencia entre estar obligado y no estarlo es quién paga: la aseguradora o tú.
Y el número de póliza, cuando existe, forma parte del registro de operador: el artículo 14.2.d) del Reglamento (UE) 2019/947 incluye entre los datos del sistema de registro «un número de póliza de seguro de UAS si así lo exige la legislación de la Unión o la legislación nacional». Es decir, el seguro y el registro están enlazados; lo contamos en esta guía.
Cómo entra esto en el examen
Los seguros son una de las nueve materias del examen: aparecen literalmente en la lista de contenidos de la sección UAS.OPEN.020 —seguridad aérea, restricciones del espacio aéreo, reglamentación, limitaciones del rendimiento humano, procedimientos operacionales, conocimiento general de los UAS, privacidad y protección de datos, seguros y protección—. En A1/A3 son 40 preguntas y hace falta el 75 %.
Las preguntas del banco, con el artículo europeo citado debajo de cada respuesta, se prueban sin instalar nada en el test gratis de A2 y en el de A1/A3.
Fuentes: Reglamento (CE) 785/2004, artículos 2.2.b) y 7 (versión consolidada). Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, artículo 8 — BOE-A-2024-11377. Ley 48/1960, de Navegación Aérea, artículos 126 y 127 · Real Decreto 37/2001 · Reglamento de Ejecución (UE) 2019/947, artículos 14.2 y anexo, sección UAS.OPEN.020.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el seguro para volar un dron en España?
Depende del peso y de la subcategoría. A partir de 20 kg de MTOM se aplica el Reglamento (CE) 785/2004. Por debajo de 20 kg, el RD 517/2024 exige póliza o garantía financiera solo en la subcategoría A2, en la categoría específica y en la certificada.
¿Necesito seguro para volar en A1 o A3 con un dron ligero?
El artículo 8 del RD 517/2024 no lo incluye en esa lista. Eso no elimina la responsabilidad civil por los daños que causes: significa que no hay obligación de contratar póliza por esa vía.
¿Por qué el reglamento europeo no cubre los drones pequeños?
Porque su artículo 2.2.b) excluye expresamente los aeromodelos con una MTOM inferior a 20 kg. Por eso España tuvo que regular ese tramo por su cuenta.
¿Cuánta cobertura exige el reglamento europeo?
Para la categoría de menos de 500 kg de MTOM, el mínimo es de 0,75 millones de derechos especiales de giro.
¿Vale el seguro de mi club de aeromodelismo?
Sí. El requisito queda cubierto cuando la responsabilidad civil de las operaciones está amparada por la póliza de una federación, entidad deportiva, asociación o club legalmente constituido.

122 preguntas de las tres materias del examen adicional A2.
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