Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 56 / 982
¿Se podrá adelantar por la derecha al vehículo que nos precede si su conductor indica claramente que va a girar a la izquierda?
- ANo, porque está prohibido.
- BSí, si existe espacio suficiente.
- CNo, nunca se puede adelantar por la derecha.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BSí, si existe espacio suficiente.
Explicación
Por excepción, se adelanta por la derecha, con las máximas precauciones y si hay espacio suficiente, al vehículo cuyo conductor indica claramente que va a girar a la izquierda o a parar en ese lado (artículo 82.2 del Reglamento General de Circulación).
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 82.2
Por excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierdaLeer la norma completa
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