Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 63 / 982
Se considera que una parada o un estacionamiento obstaculiza gravemente la circulación cuando:
- Ase realiza en una vía pública con prioridad de paso.
- Bdificulta el uso normal de los pasos rebajados para personas con discapacidad física.
- Cse realiza junto al bordillo y en paralelo a él.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- Bdificulta el uso normal de los pasos rebajados para personas con discapacidad física.
Explicación
Según el artículo 91.2.d) del RGC, se considera que una parada o un estacionamiento obstaculiza gravemente la circulación cuando dificulta el uso normal de los pasos rebajados para personas con discapacidad física. Es una infracción grave, y puede acarrear la retirada del vehículo.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 91.2.d
d) Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados para disminuidos físicos.Leer la norma completa
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