Pregunta del tema «Velocidad y distancias» · Nº 151 / 961
Cuando adelantemos a otro vehículo con una motocicleta, circulando fuera de poblado, ¿qué separación lateral deberemos mantener?
- AAl menos 1,50 metros.
- BMenos de 1,50 metros.
- CLa proporcional a la velocidad, anchura y características de la calzada.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- AAl menos 1,50 metros.
Explicación
Según el artículo 85.5 del Reglamento General de Circulación, el conductor de un vehículo de dos ruedas que adelante fuera de poblado a cualquier otro vehículo debe dejar entre ambos un espacio no inferior a 1,50 metros.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 85.5
El conductor de un vehículo de dos ruedas que pretenda adelantar fuera de poblado a otro cualquiera lo hará de forma que entre aquél y las partes más salientes del vehículo que adelanta quede un espacio no inferior a 1,50 metros.Leer la norma completa
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