Pregunta del tema «Sistema de luces de los vehículos» · Nº 439 / 839

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¿Cuándo usaremos la luz de emergencia?

  • ASólo cuando el vehículo esté detenido por una avería o accidente.
  • BCuando el vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de colisión por alcance.
  • CSólo cuando sea de noche.
Ver respuesta

Respuesta correcta

  • BCuando el vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de colisión por alcance.
Explicación

Según el artículo 49.3 del Reglamento General de Circulación, si el vehículo no puede alcanzar la velocidad mínima exigida y hay peligro de alcance, se circula con la señal de emergencia encendida, de día y de noche. También se usa, entre otros casos, al inmovilizar el vehículo en autopista o autovía o con visibilidad reducida.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 49.3Cuando un vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de alcance, se deberán utilizar durante la circulación las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.Leer la norma completa

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