Pregunta del tema «Sistema de luces de los vehículos» · Nº 439 / 839

¿Cuándo usaremos la luz de emergencia?
- ASólo cuando el vehículo esté detenido por una avería o accidente.
- BCuando el vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de colisión por alcance.
- CSólo cuando sea de noche.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BCuando el vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de colisión por alcance.
Explicación
Según el artículo 49.3 del Reglamento General de Circulación, si el vehículo no puede alcanzar la velocidad mínima exigida y hay peligro de alcance, se circula con la señal de emergencia encendida, de día y de noche. También se usa, entre otros casos, al inmovilizar el vehículo en autopista o autovía o con visibilidad reducida.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 49.3
Cuando un vehículo no pueda alcanzar la velocidad mínima exigida y exista peligro de alcance, se deberán utilizar durante la circulación las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.Leer la norma completa
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