Pregunta del tema «La vía» · Nº 288 / 534

Los vehículos que circulen por un carril adicional circunstancial deben hacerlo…

  • AA una velocidad máxima de 60km/h
  • BUtilizando, al menos, el alumbrado de cruce.
  • CA una velocidad mínima de 30km/h
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Respuesta correcta

  • BUtilizando, al menos, el alumbrado de cruce.
Explicación

Por un carril adicional circunstancial hay que llevar encendida al menos la luz de cruce, de día y de noche (artículos 42 y 104 del Reglamento General de Circulación). En él la velocidad máxima es de 80 km/h y la mínima de 60 km/h, salvo que se señalice otra.

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