Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 589 / 982

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¿Se podrá adelantar en un paso a nivel?

  • ASí, a velocidad muy reducida.
  • BNo, ni en el paso a nivel ni en sus proximidades.
  • CNo en el paso a nivel, pero sí en sus proximidades.
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Respuesta correcta

  • BNo, ni en el paso a nivel ni en sus proximidades.
Explicación

Según el artículo 87.1.b del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), está prohibido adelantar en los pasos a nivel y en sus proximidades; se ha suprimido la excepción que permitía adelantar a vehículos de dos ruedas previas señales acústicas u ópticas.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 87.1.b (redacción del RD 518/2026)En los pasos para peatones señalizados como tales, en las intersecciones con vías para ciclistas y en los pasos a nivel, y en sus proximidades.Leer la norma completa

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