Test DGT · 982 preguntas

Maniobras · Página 12 de 20

Incorporación, adelantamiento, cambio de dirección y de sentido, marcha atrás, parada y estacionamiento: cómo y dónde se hacen y cuándo están prohibidos.

Preguntas de este tema con respuesta

982 preguntas, 50 por página, con la respuesta correcta y la explicación. Página 12 de 20.

  1. Nº 551

    Imagen de la pregunta

    Al realizar una maniobra, ¿cuándo debe avisar a los usuarios de la vía?

    • ANo es obligatorio avisar.
    • BUna vez iniciada la maniobra.
    • CAntes de iniciar la maniobra y con tiempo suficiente.
    Explicación

    Según el artículo 109 del Reglamento General de Circulación, las maniobras deben advertirse antes de iniciarlas y con la antelación suficiente para que los demás puedan adaptarse. Avisar cuando ya se ha empezado la maniobra no sirve para prevenir.

  2. Nº 552

    ¿Se debe facilitar la incorporación a la circulación de otros vehículos?

    • ANo.
    • BSí, pero sólo en vías urbanas.
    • CSí, especialmente a los vehículos de transporte colectivo de viajeros a la salida de una parada señalizada.
    Explicación

    Cuando veamos a un conductor intentando incorporarse a la circulación, debemos facilitarle la maniobra en la medida de lo posible, principalmente si es un autobús que pretende incorporarse desde una parada señalizada. Dentro de poblado, con el fin de facilitar la circulación a los vehículos de transporte colectivo de viajeros a la salida de las paradas señalizadas, los conductores de los demás vehículos deben: -desplazarse lateralmente cuando sea posible, -reducir su velocidad, siempre que puedan hacerlo sin riesgo, sin brusquedad y señalizándolo correctamente, y -detenerse, si fuera preciso, para que puedan incorporarse a la circulación. Facilitar la maniobra no quiere decir que tengamos que detenernos para dejar pasar al otro vehículo, si no que podemos regular la velocidad o cambiarnos de carril para facilitarle la incorporación.

  3. Nº 553

    Imagen de la pregunta

    ¿Se podrá adelantar a un ciclista donde esté prohibido el adelantamiento?

    • ANo, en ningún caso.
    • BSí, pero sin invadir el sentido contrario.
    • CSí.
    Explicación

    Aunque esté prohibido el adelantamiento, se podrá adelantar a los ciclistas manteniendo una distancia lateral de 1,50 metros invadiendo el sentido contrario.

  4. Nº 554

    ¿Está permitido dar la vuelta en un tramo con visibilidad reducida?

    • ASí, si no hay tráfico en sentido contrario.
    • BSí, señalizando la maniobra.
    • CNo, está prohibido.
    Explicación

    El artículo 79.1 del Reglamento General de Circulación prohíbe cambiar de sentido en toda situación que impida comprobar que la maniobra puede hacerse sin peligro, y en los tramos en que está prohibido adelantar. Con visibilidad reducida está prohibido aunque se señalice o no se vea a nadie.

  5. Nº 555

    Si el vehículo que circula detrás de nosotros señaliza su intención de adelantarnos, debemos…

    • ADisminuir la velocidad.
    • BApartarnos al arcén.
    • CCeñirnos al borde derecho de la calzada.
    Explicación

    Debemos permitir y facilitar el adelantamiento en cuanto advirtamos que nos van a adelantar. Para ello nos ceñiremos a la derecha de la calzada.

  6. Nº 556

    ¿Podemos señalizar con el brazo que nos disponemos a realizar una maniobra?

    • ANo, si no se hace conjuntamente con las luces.
    • BSí.
    • CNo en ningún caso.
    Explicación

    El conductor debe advertir mediante señales ópticas la intención de realizar una maniobra. Estas señales podrán realizarse tanto con la luz indicadora de dirección como con el brazo.

  7. Nº 557

    ¿Podrá una motocicleta parar en el arcén transitable de una vía interurbana?

    • ASí.
    • BNo.
    • CSí, si lleva encendidas las luces de emergencia.
    Explicación

    En el arcén transitable de una vía interurbana está prohibido parar y estacionar.

  8. Nº 558

    Imagen de la pregunta

    El ciclomotor, ¿podría adelantar al tractor?

    • ASí, pero sin salirse del arcén.
    • BNo, en ningún caso.
    • CSí, siempre que la duración de la marcha de los vehículos colocados paralelamente no exceda de 15 segundos, o el recorrido efectuado en dicha forma no supere los 200 metros.
    Explicación

    Los vehículos obligados a circular por el arcén, excepto las bicicletas, tienen prohibido adelantar si la duración de la marcha en paralelo supera los 15 segundos o el recorrido de 200 metros.

  9. Nº 559

    Al estacionar nuestro vehículo en una pendiente ascendente ¿qué marcha dejaremos colocada?

    • ALa primera velocidad.
    • BLa marcha atrás.
    • CLa segunda velocidad.
    Explicación

    Al estacionar nuestro vehículo en una pendiente ascendente dejaremos colocada la primera velocidad. Cuando la pendiente sea descendente dejaremos la marcha atrás. En el caso de vehículos con una caja de cambios automática, la dejaremos en la posición P, tanto si la pendiente es ascendente como descendente.

  10. Nº 560

    En una vía urbana de sentido único, ¿se permite estacionar en el lado...?

    • Aa la derecha o a la izquierda, fuera de la calzada o del arcén.
    • Ba la derecha.
    • Ca la derecha o a la izquierda.
    Explicación

    En vías urbanas, cuando la parada o el estacionamiento se hace en la calzada, el vehículo se sitúa junto al borde derecho, salvo en las vías de sentido único, donde también puede situarse en el lado izquierdo (artículo 90.2 del Reglamento General de Circulación).

  11. Nº 561

    Cuando se circula marcha atrás para estacionar...

    • Adebe conectar la señal de emergencia.
    • Bno está permitido recorrer más de 15 metros ni invadir un cruce de vías.
    • Cla maniobra no puede durar más de 15 segundos.
    Explicación

    Como norma general está prohibido circular marcha atrás, salvo en los siguientes casos de manera excepcional y siempre con el recorrido mínimo indispensable: 1. Como maniobra complementaria de la parada, estacionamiento o la incorporación a la circulación. En este caso el recorrido marcha atrás no podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de vías. 2. Cuando no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha. En este caso no existe limitación de recorrido marcha atrás, incluso pudiendo invadir un cruce de vías, de ser necesario. La maniobra de marcha atrás está prohibida en autovías y autopistas.

  12. Nº 562

    ¿Se puede aparcar una motocicleta en la acera?

    • ANo, como regla general.
    • BSí, si la aseguramos mediante cadena al mobiliario urbano.
    • CSí, siempre que no sea un obstáculo para los peatones.
    Explicación

    Como norma general, ningún vehículo tiene permitido parar o estacionar en las aceras.

  13. Nº 563

    Imagen de la pregunta

    ¿Podremos realizar un adelantamiento en una curva sin visibilidad si los sentidos están claramente delimitados y no invadimos el sentido contrario?

    • ASí.
    • BNo, ya que no disponemos de visibilidad.
    • CSólo si adelantamos a un vehículo de dos ruedas.
    Explicación

    Está prohibido adelantar en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y, en general, en todo lugar o circunstancia en que la visibilidad disponible no sea suficiente para poder efectuar la maniobra o desistir de ella una vez iniciada, a no ser que los dos sentidos de la circulación estén claramente delimitados y la maniobra pueda efectuarse sin invadir la zona reservada al sentido contrario.

  14. Nº 564

    ¿Se puede usar una rotonda para cambiar de sentido?

    • ANo, no se pueden usar las rotondas para hacer un cambio de sentido.
    • BSolo si la glorieta está regulada por semáforos.
    • CSí, las rotondas son un lugar adecuado para cambiar de sentido.
    Explicación

    Sí, en una glorieta se puede realizar un cambio de sentido, ya que este tipo de intersección es un lugar adecuado para ello. Según el Reglamento General de Circulación, cualquier maniobra de cambio de sentido debe hacerse en un lugar apropiado, lo que incluye las glorietas. Aquí, el conductor puede incorporarse y continuar hacia su salida en sentido contrario, siempre y cuando respete las normas de prioridad y se asegure de que no perjudica a otros conductores.

  15. Nº 565

    En una vía urbana con dos sentidos de circulación, ¿en qué lado de la calzada podemos estacionar?

    • AEn la calzada no se puede estacionar nunca.
    • BTanto en el lado derecho como en el izquierdo de la calzada.
    • CSolo en el lado derecho de la calzada.
    Explicación

    En una vía urbana de dos sentidos de circulación solo podremos estacionar en el lado derecho. Cuando la vía sea de un solo sentido, podremos estacionar tanto en el lado derecho como en el izquierdo.

  16. Nº 566

    Imagen de la pregunta

    Si un vehículo de la policía de tráfico se sitúa detrás de usted y enciende un dispositivo con una luz roja destellante hacia delante, ¿qué debe hacer?

    • ADetenerse y, en su caso, seguir las instrucciones del agente.
    • BReducir la velocidad y apartarse a la derecha, para facilitar el adelantamiento.
    • CDetenerse en el lado izquierdo de la calzada, delante del vehículo policial.
    Explicación

    La luz roja intermitente o destellante hacia delante de un vehículo policial situado detrás es una orden de detención: debe parar con precaución en el lado derecho, delante del vehículo policial, y seguir las instrucciones del agente (artículo 69 del Reglamento General de Circulación).

  17. Nº 567

    Si va a iniciar otro adelantamiento, ¿está permitido quedarse en el carril izquierdo?

    • ASí, si no impide el paso a los vehículos más rápidos que vengan por detrás.
    • BSí, si circula a la velocidad máxima permitida en la vía.
    • CNo, debe volver obligatoriamente al carril derecho.
    Explicación

    Según el artículo 83.1 del Reglamento General de Circulación, en calzadas con al menos dos carriles en el mismo sentido, quien va a hacer un nuevo adelantamiento puede seguir en el carril que ha usado, siempre que no moleste indebidamente a los vehículos más rápidos que vienen detrás.

  18. Nº 568

    Imagen de la pregunta

    Quiere girar a la derecha. ¿Cómo debe avisar a los demás conductores?

    • ACon las luces o con el claxon.
    • BCon el intermitente o con el brazo.
    • CCon el brazo o con el claxon.
    Explicación

    El artículo 109 del Reglamento General de Circulación exige advertir los desplazamientos laterales, como un giro a la derecha, con el intermitente del lado correspondiente o, en su defecto, con el brazo. El claxon y las ráfagas de luz no sirven para indicar un giro.

  19. Nº 569

    El conductor que efectúe un adelantamiento...

    • Apuede rebasar la velocidad máxima fijada para las autopistas y autovías en 20 kilómetros por hora.
    • Bdebe mantener una velocidad moderada, sin importar el tiempo que emplee en el adelantamiento.
    • Cdebe llevar su vehículo a una velocidad notoriamente superior a la del vehículo que pretende adelantar.
    Explicación

    Una vez realizado el desplazamiento, para ejecutar el adelantamiento el conductor del vehículo que adelanta deberá circular a una velocidad notoriamente superior a la del vehículo que se está adelantando, pero sin rebasar los límites máximos permitidos, y realizar el adelantamiento con rapidez y en el menor espacio y tiempo posibles.

  20. Nº 570

    En una carretera, ¿se puede cambiar de sentido?

    • ASí, en cualquier lugar.
    • BNo, está siempre prohibido.
    • CSí, en los lugares adecuados.
    Explicación

    Según el artículo 78 del Reglamento General de Circulación, para cambiar de sentido hay que elegir un lugar adecuado, advertirlo con antelación y asegurarse de no poner en peligro a nadie. El artículo 79 lo prohíbe, entre otros sitios, en pasos a nivel, túneles y tramos donde está prohibido adelantar.

  21. Nº 571

    El conductor del ciclomotor ha adelantado al ciclista. ¿Debe volver a circular por el arcén?

    • ASí.
    • BNo, porque no circulan vehículos por la calzada.
    • CNo, puede seguir por la calzada hasta la próxima salida.
    Explicación

    El conductor del ciclomotor debe volver a circular por el arcén porque ha adelantado al ciclista.

  22. Nº 572

    Imagen de la pregunta

    El conductor de la furgoneta, ¿puede hacer una parada en doble fila para descargar?

    • ANo, está prohibido.
    • BSí, excepcionalmente y respetando las normas sobre paradas.
    • CSolo si la parada tiene una duración igual o inferior a 1 minuto.
    Explicación

    El estacionamiento en doble fila está prohibido, pero la parada no aparece entre los lugares prohibidos y puede hacerse de forma excepcional para cargar o descargar si no hay hueco cerca. Debe ser breve, sin que el conductor se aleje del vehículo y sin crear peligro ni obstaculizar gravemente la circulación.

  23. Nº 573

    ¿Cómo advertirá un conductor de su intención de circular marcha hacia atrás?

    • ACon la señalización de emergencia.
    • BCon señales acústicas.
    • CCon el brazo extendido horizontalmente con la palma de la mano hacia atrás.
    Explicación

    La maniobra de marcha hacia atrás se señaliza con las luces de marcha atrás, pero en su ausencia lo indicaremos con el brazo extendido horizontalmente con la palma de la mano hacia atrás.

  24. Nº 574

    Dentro de poblado, ¿se podrá adelantar por la derecha?

    • ASí, siempre que haya dos carriles en el mismo sentido.
    • BSí, cuando haya al menos dos carriles en el mismo sentido y estén delimitados por marcas longitudinales.
    • CNo, en ningún caso.
    Explicación

    Dentro de poblado, cuando existan al menos dos carriles en el mismo sentido de la marcha y estén delimitados por marcas longitudinales, se podrá adelantar por la derecha asegurándonos siempre de que se puede hacer sin peligro para los demás usuarios.

  25. Nº 575

    Imagen de la pregunta

    El vehículo rojo, ¿puede girar a la izquierda?

    • ASí.
    • BSí, una vez que pase el vehículo que se acerca.
    • CNo.
    Explicación

    Cuando una línea continua va junto a una discontinua, cada conductor atiende a la que tiene más cerca. El vehículo rojo tiene la continua a su lado, así que no puede cruzarla para girar a la izquierda, aunque no venga nadie de frente.

  26. Nº 576

    Imagen de la pregunta

    En una vía urbana de sentido único, está permitido estacionar en el lado...

    • ADerecho.
    • BDerecho o izquierdo, fuera de la calzada o del arcén.
    • CDerecho o izquierdo.
    Explicación

    En las vías urbanas de un solo sentido está permitido estacionar a ambos lados, derecho e izquierdo, siempre que no se entorpezca la circulación y se respeten las demás normas de estacionamiento.

  27. Nº 577

    Imagen de la pregunta

    ¿Está permitido realizar un cambio de sentido en un lugar donde esté prohibido adelantar?

    • ASí, excepto entre la puesta y la salida de sol, porque disminuye la visibilidad.
    • BNo, salvo que el cambio de sentido esté expresamente autorizado.
    • CSí, cuando la circulación en sentido contrario lo permita.
    Explicación

    Realizar un cambio de sentido está prohibido en toda situación que impida comprobar que no vamos a poner en peligro u obstaculizar a otros usuarios de la vía, como por ejemplo en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida o en el caso de niebla o lluvia intensa. También está prohibido el cambio de sentido en: - Pasos a nivel (no está prohibido en sus proximidades). - Túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal "Túnel". - Autopistas y autovías, salvo en los lugares habilitados para realizarlo. - En calzadas y tramos de vía de sentido único. - En todos los tramos de la vía en que esté prohibido el adelantamiento, salvo que el cambio de sentido esté expresamente autorizado.

  28. Nº 578

    ¿Se podrá adelantar a una motocicleta de dos ruedas en un paso a nivel?

    • ANo, está prohibido.
    • BSí, previas las oportunas señales acústicas u ópticas.
    • CSí, a una velocidad tan reducida que permita frenar con seguridad.
    Explicación

    Según el artículo 87.1.b del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), está prohibido adelantar en los pasos a nivel y en sus proximidades; se ha suprimido la excepción que permitía adelantar a vehículos de dos ruedas previas señales acústicas u ópticas.

  29. Nº 579

    Imagen de la pregunta

    Cuando en un estacionamiento el conductor deje su puesto, deberá...

    • ADejar colocada la primera velocidad y el freno de mano accionado, unicamente.
    • BAdoptar las precauciones necesarias para impedir el uso del vehículo sin autorización, apagar el motor, desconectar el sistema de arranque y dejar accionado el freno de estacionamiento.
    • CDejar las ruedas directrices orientadas hacia la calzada.
    Explicación

    Cuando en un estacionamiento el conductor abandone su puesto, deberá dejar accionado el freno de estacionamiento, apagar el motor y desconectar el sistema de arranque. Si estacionamos en pendiente con un turismo, además de dejar accionado el freno de estacionamiento,debemos: - Colocar la marcha adecuada, la primera velocidad en pendiente ascendente, y la marcha hacia atrás, en descendente, o, en su caso, la posición de estacionamiento. Además si se aleja del vehículo, situación que no indica la pregunta, adoptará las precauciones necesarias para impedir que otra persona pueda usar el vehículo sin su autorización.

  30. Nº 580

    Imagen de la pregunta

    Si desea girar a la izquierda, debe saber que está prohibido cuando no exista...

    • Aseñal que autorice expresamente el giro.
    • Bvisibilidad suficiente.
    • Cun carril especialmente acondicionado para realizar el giro.
    Explicación

    El giro a la izquierda suele obligar a cruzar el sentido contrario, por eso hay que abstenerse de hacerlo cuando no existe visibilidad suficiente (artículo 74.1 del Reglamento General de Circulación), aunque ninguna señal lo prohíba. No hace falta una señal ni un carril especial que lo autorice.

  31. Nº 581

    ¿En una autopista está prohibido efectuar un cambio de sentido?

    • ASí, siempre.
    • BSí, salvo en los lugares habilitados al efecto.
    • CNo, cuando la mediana esté abierta podremos realizar un cambio de sentido.
    Explicación

    En las autopistas y autovías está prohibido realizar un cambio de sentido, salvo en los lugares habilitados al efecto. Aunque exista un paso abierto en la mediana, no se debe utilizar para efectuar el cambio de sentido. Únicamente podremos usar estos pasos cuando estén especialmente señalizados para incorporarnos a un carril habilitado en el sentido contrario al habitual.

  32. Nº 582

    Imagen de la pregunta

    ¿Es obligatorio avisar de que vas a hacer una maniobra?

    • ASí. Pero solo con señales de luz.
    • BNo. Pero sí es recomendable.
    • CSí. Con señales de luz y si no puedes, haciendo señales con el brazo.
    Explicación

    El artículo 109 del Reglamento General de Circulación obliga a advertir con antelación toda maniobra de desplazamiento lateral, marcha atrás, detención o frenado brusco. Se hace con las luces del vehículo y, si no es posible, con el brazo.

  33. Nº 583

    Imagen de la pregunta

    ¿Se podrá estacionar en una zona de estancia y juego (antigua calle residencial)?

    • ASí.
    • BNo.
    • CSolo en los lugares designados.
    Explicación

    En la zona de estancia y juego (señal S-28, la antigua «calle residencial») los vehículos pueden estacionarse únicamente en los lugares designados por señales o por marcas.

  34. Nº 584

    Imagen de la pregunta

    Un vehículo aparcado, ¿cuándo estorba de forma grave a la circulación?

    • ACuando está en doble fila y sin conductor.
    • BCuando en una vía interurbana aparca fuera del arcén.
    • CCuando está en una zona de carga y descarga, fuera del horario de carga y descarga.
    Explicación

    Según el artículo 91 del Reglamento General de Circulación, estacionar en doble fila sin conductor obstaculiza gravemente la circulación, porque bloquea un carril y nadie puede retirar el vehículo. La zona de carga y descarga solo cuenta como obstáculo grave durante su horario de uso.

  35. Nº 585

    Imagen de la pregunta

    En cuanto a los demás usuarios de la vía, usted deberá...

    • AConfiar en que siempre respetarán las normas.
    • BAdelantarse a lo que van a hacer los demás usuarios de la vía.
    • CCuidar de que cumplan las normas.
    Explicación

    La conducción preventiva exige prever y anticiparse a lo que pueden hacer los demás usuarios de la vía, incluidos sus posibles errores, para poder reaccionar a tiempo y con seguridad. No corresponde al conductor vigilar que los demás cumplan las normas.

  36. Nº 586

    ¿Podemos efectuar un cambio de dirección a la izquierda en una curva sin visibilidad?

    • ASí, si no hay señal que lo prohíba.
    • BNo, porque no hay visibilidad.
    • CSí, si en este momento no vemos vehículos en sentido contrario.
    Explicación

    En las curvas de visibilidad reducida está prohibido cambiar de dirección a la izquierda. Dicha maniobra comporta un gran peligro ya que no podemos ver si se acercan vehículos en sentido contrario con la suficiente antelación.

  37. Nº 587

    Imagen de la pregunta

    ¿Está permitido adelantar a otro vehículo dentro de una glorieta?

    • ANo, porque una glorieta es una intersección y en las intersecciones está prohibido adelantar, por seguridad.
    • BSí.
    • CSí, siempre que el adelantamiento se efectúe por la derecha y en condiciones de seguridad.
    Explicación

    Está prohibido adelantar en las intersecciones y sus proximidades, salvo en las glorietas, donde sí se puede adelantar con seguridad (artículo 87.1.c del Reglamento General de Circulación). Por la derecha solo se adelanta en los casos previstos, no por el hecho de estar en una glorieta.

  38. Nº 588

    Imagen de la pregunta

    Al aproximarse a un autobús en situación de parada, ¿qué precauciones se deben tomar?

    • AMantener la velocidad y estar atento al cumplimiento de la señalización vertical.
    • BNinguna si no vienen vehículos en sentido contrario.
    • CModerar la velocidad y si fuera preciso, detener el vehículo.
    Explicación

    Junto a un autobús detenido en una parada pueden aparecer peatones cruzando por delante o por detrás de él, y el propio autobús puede reincorporarse a la circulación. Por eso hay que moderar la velocidad y, si es necesario, detenerse.

  39. Nº 589

    Imagen de la pregunta

    ¿Se podrá adelantar en un paso a nivel?

    • ASí, a velocidad muy reducida.
    • BNo, ni en el paso a nivel ni en sus proximidades.
    • CNo en el paso a nivel, pero sí en sus proximidades.
    Explicación

    Según el artículo 87.1.b del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), está prohibido adelantar en los pasos a nivel y en sus proximidades; se ha suprimido la excepción que permitía adelantar a vehículos de dos ruedas previas señales acústicas u ópticas.

  40. Nº 590

    Imagen de la pregunta

    ¿Podremos adelantar en el interior de un túnel de dos sentidos de circulación y un carril para cada sentido?

    • ASí, si ambos sentidos están delimitados mediante líneas discontinuas.
    • BNo, al existir un solo carril en mi sentido.
    • CNo, en los túneles no se podrá adelantar en ningún caso.
    Explicación

    En los túneles o pasos inferiores con circulación en ambos sentidos, está prohibido el adelantamiento, salvo que exista más de un carril para su sentido de circulación, en los que podrá adelantar sin invadir el sentido contrario.

  41. Nº 591

    Imagen de la pregunta

    En una autovía, un autobús quiere incorporarse a la circulación desde una parada señalizada. ¿Los otros conductores están obligados a facilitar la maniobra?

    • ASólo si para ello no deben reducir la velocidad ni cambiar de carril.
    • BNo; sólo es necesario facilitar la maniobra en zona urbana.
    • CSí, en la medida de lo posible.
    Explicación

    La normativa indica que fuera de poblado, como en una autovía, los conductores deben facilitar la incorporación en la medida de lo posible a los autobuses que salen de paradas señalizadas. En cambio, dentro de poblado, esta obligación es mayor, ya que los demás conductores deben incluso reducir la velocidad o detenerse si fuera necesario para permitir que el autobús reanude la marcha.

  42. Nº 592

    ¿Cómo se debe señalizar un desplazamiento lateral?

    • ACon los intermitentes o, si no es posible, con la mano.
    • BSolo con los intermitentes.
    • CPreferiblemente con la mano.
    Explicación

    El desplazamiento lateral debe señalizarse utilizando las luces indicadoras de dirección o, en caso de no tenerlas disponibles, con el brazo extendido. Esto se establece en el Artículo 109 del Reglamento General de Circulación, que dicta que las maniobras que impliquen un desplazamiento lateral o hacia atrás deben ser comunicadas con señales ópticas adecuadas con suficiente antelación. Aunque se puede usar el brazo, el uso de las luces es preferido; sin embargo, la opción correcta es la que permite ambas señales, lo que asegura que otros conductores estén debidamente avisados de este cambio de trayectoria.

  43. Nº 593

    Imagen de la pregunta

    Para realizar un cambio de dirección a la izquierda en esta calzada de 2 sentidos, ¿dónde nos situaremos?

    • AA la izquierda de la calzada.
    • BA la derecha de la calzada.
    • CNos ceñiremos al eje de la calzada.
    Explicación

    Para cambiar de dirección a la izquierda en una vía de 2 sentidos, si no existe marca longitudinal entre sentidos, el conductor se ceñirá al eje de la calzada, sin invadir la zona destinada al sentido contrario.

  44. Nº 594

    En una carretera interurbana, ¿puede un ciclomotor adelantar a un tractor que circula por el arcén?

    • ASí, siempre que el adelantamiento no supere los 200 metros ni los 15 segundos.
    • BSí, pero solo de día.
    • CNo, no se pueden adelantar los vehículos que circulan por el arcén.
    Explicación

    Según el artículo 36.5 del Reglamento General de Circulación, los conductores de vehículos que deben circular por el arcén, como ciclomotores y tractores, no pueden adelantarse entre sí si la marcha en paralelo dura más de 15 segundos o supera los 200 metros. Esto no se aplica a las bicicletas.

  45. Nº 595

    ¿Se podrá cambiar de sentido en un cambio de rasante?

    • ASí, si no ponemos en peligro ni obstaculizamos a otros usuarios.
    • BNo, está siempre prohibido.
    • CNo se podrá cambiar de sentido pero si de dirección.
    Explicación

    No se puede efectuar la maniobra de cambio de sentido en un cambio de rasante con visibilidad reducida o si se pone en peligro u obstaculiza a los demás usuarios.

  46. Nº 596

    Circulamos con un ciclomotor de dos ruedas por una vía interurbana en la que no existe un carril especialmente acondicionado para girar a la izquierda, ¿dónde nos colocaremos para realizarlo?

    • ASiempre en el centro de la calzada, junto al eje longitudinal de la misma.
    • BA la derecha, fuera de la calzada, siempre que sea posible.
    • CSiempre a la izquierda de la calzada.
    Explicación

    De acuerdo con la información proporcionada, los ciclos y ciclomotores en vías interurbanas deben situarse a la derecha, fuera de la calzada, siempre que sea posible, para realizar el giro a la izquierda. Esto se debe a que no existe un carril especialmente acondicionado para este tipo de vehículos. Al colocarse a la derecha, fuera de la calzada, se permite un espacio adecuado para iniciar la maniobra de giro de manera segura.

  47. Nº 597

    Si quiere girar a la izquierda, debe saber que está prohibido cuando no haya...

    • Auna señal que permita girar a la izquierda.
    • Bsuficiente visibilidad.
    • Cun carril especialmente señalizado para realizar el giro.
    Explicación

    Está prohibido girar a la izquierda si no hay suficiente visibilidad. Esta regla es fundamental para evitar situaciones de riesgo, ya que el conductor debe asegurarse de que la maniobra es segura. La visibilidad reducida puede deberse a curvas cerradas, colinas, edificios u otros obstáculos. Si el conductor no puede ver los vehículos que se aproximan, corre el riesgo de colisionar. En intersecciones con visibilidad limitada, puede haber semáforos o señales que regulen el tráfico. En algunas áreas, existen carriles específicos para girar, pero esto no elimina la necesidad de cumplir con las normas de visibilidad.

  48. Nº 598

    Al estacionar un vehículo con remolque en una cuesta hacia arriba, si no tiene calzos, ¿qué debe hacer?

    • AColocar una de las ruedas delanteras contra el bordillo, apuntando hacia el centro de la calzada.
    • BColocar una de las ruedas delanteras contra el bordillo, apuntando hacia fuera de la calzada.
    • CColocar piedras detrás de las ruedas a modo de calzos.
    Explicación

    Un conjunto de vehículos estacionado en sensible pendiente debe quedar calzado con calzos, nunca con piedras, o apoyando una rueda directriz en el bordillo: hacia el centro de la calzada si la pendiente es ascendente y hacia fuera si es descendente (artículo 92.3 del Reglamento General de Circulación).

  49. Nº 599

    Imagen de la pregunta

    Si estaciona un turismo con un remolque ligero en una pendiente sensible, debe...

    • Aaccionar el freno de mano, únicamente.
    • Bcolocar calzos o apoyar las ruedas directrices en el bordillo.
    • Ccalzar el vehículo con cualquier elemento que sirva para ello.
    Explicación

    Cuando el estacionamiento de un vehículo de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada, de un autobús o de un conjunto de vehículos, se realice en un lugar con una sensible pendiente, su conductor deberá dejarlo debidamente calzado bien sea por medio de la colocación de calzos, o bien por el apoyo de una de las ruedas directrices en el bordillo de la acera. Si estacionamos en pendiente con un turismo, además de dejar accionado el freno de estacionamiento,debemos: - Colocar la marcha adecuada, la primera velocidad en pendiente ascendente, y la marcha hacia atrás, en descendente, o, en su caso, la posición de estacionamiento.

  50. Nº 600

    Imagen de la pregunta

    En esta situación, usted no quiere adelantar al camión. ¿Qué distancia debe dejar?

    • A50 metros.
    • BLa distancia de seguridad.
    • CLa distancia para que otro vehículo pueda adelantar.
    Explicación

    Si no se va a adelantar, basta con mantener la distancia de seguridad que permita detenerse sin chocar. Como hay más de un carril en el mismo sentido, no hace falta dejar espacio para que otros adelanten, y los 50 metros solo se exigen a vehículos de más de 3.500 kg o 10 metros.

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Aviso

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Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Textos consolidados de carácter meramente informativo. La AEBOE no patrocina ni respalda este sitio.

Parte de las preguntas procede de los tests de la revista «Tráfico y Seguridad Vial» de la DGT, reproducidos con indicación de la fuente.