Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 687 / 982

¿Está permitido ir marcha atrás para detenerse?
- ASí, con ciertas condiciones.
- BNo.
- CSí, siempre.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- ASí, con ciertas condiciones.
Explicación
Sí, con condiciones. Según el artículo 80.2 del Reglamento General de Circulación, la marcha atrás como maniobra complementaria de la parada o el estacionamiento no puede superar los 15 metros ni invadir un cruce, y debe hacerse despacio, advirtiéndolo y sin crear peligro.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 80.2
no podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de víasLeer la norma completa
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