Pregunta del tema «La vía» · Nº 366 / 534
Los conductores de motocicletas, ¿tienen permitido circular en paralelo?
- ASí, en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía.
- BNo.
- CSi, como cualquier vehículo de dos ruedas.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BNo.
Explicación
El Reglamento General de Circulación solo permite circular en columna de a dos a los ciclistas; a los motoristas no les reconoce esa posibilidad. Incluso cuando se habilita el arcén para motocicletas en retenciones, el artículo 36.3 exige circular en columna de a uno.
App independiente: no está afiliada a la DGT (Dirección General de Tráfico) ni al Ministerio del Interior, ni cuenta con su respaldo. El examen oficial se solicita a la DGT y se realiza en sus centros de examen. Las preguntas son material de práctica; el banco oficial de preguntas de la DGT no es público.