Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 694 / 982

¿Está permitido realizar un cambio de sentido en esta intersección?
- ASí, si no recorre más de 15 metros.
- BNo.
- CSí, con las debidas precauciones.
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Respuesta correcta
- CSí, con las debidas precauciones.
Como norma general, está prohibido cambiar el sentido de la marcha en los lugares en que esté prohibido adelantar, excepto que esté expresamente autorizado mediante la correspondiente señal. En las intersecciones y en sus proximidades está prohibido adelantar, salvo que se disponga de prioridad y esté debidamente señalizada. En este caso la prioridad está señalizada mediante el semáforo con luz verde por lo que se podrá adelantar o cambiar el sentido de la marcha, siempre con precaución y sin poner en peligro a ningún usuario. En las glorietas y plazas de circulación giratoria, a pesar que es una intersección especial, está permitido cambiar el sentido de la marcha.
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