Pregunta del tema «Velocidad y distancias» · Nº 695 / 961

Un turismo circula por una carretera convencional. ¿Cuándo se considera que su velocidad está anormalmente reducida?

  • ACuando vaya a menos de 60 km/h.
  • BCuando vaya a menos de 40 km/h.
  • CCuando vaya a menos de 45 km/h.
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Respuesta correcta

  • CCuando vaya a menos de 45 km/h.
Explicación

En carretera convencional la velocidad genérica de un turismo es de 90 km/h (artículo 48.1.a del Reglamento General de Circulación). Fuera de autopistas y autovías, se considera anormalmente reducida la inferior a la mitad de la genérica (artículo 49.1): la mitad de 90 son 45 km/h.

App independiente: no está afiliada a la DGT (Dirección General de Tráfico) ni al Ministerio del Interior, ni cuenta con su respaldo. El examen oficial se solicita a la DGT y se realiza en sus centros de examen. Las preguntas son material de práctica; el banco oficial de preguntas de la DGT no es público.