Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 736 / 982

¿Se puede entrar en la circulación marcha atrás invadiendo una intersección?

  • ASí, si la distancia no supera los 15 metros.
  • BSí, pero a una velocidad reducida que permita detenerse si existe algún peligro.
  • CNo, en marcha atrás no se puede invadir una intersección.
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Respuesta correcta

  • CNo, en marcha atrás no se puede invadir una intersección.
Explicación

La marcha atrás como maniobra complementaria de la incorporación a la circulación no puede superar los 15 metros ni invadir un cruce de vías (artículo 80.2 del Reglamento General de Circulación). Ir despacio o recorrer menos de 15 metros no lo permite.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 80.2no podrá ser superior a 15 metros ni invadir un cruce de víasLeer la norma completa

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