Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 790 / 982

¿Se podrá adelantar en un paso para peatones?
- ANo, está prohibido.
- BSí, si la vía es de sentido único.
- CSí, cuando el adelantamiento se realice a velocidad tan reducida que permita detenerme a tiempo si surge un peligro.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- ANo, está prohibido.
Explicación
Según el artículo 87.1.b del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), está prohibido adelantar en los pasos para peatones señalizados y en sus proximidades; se ha suprimido la excepción que permitía adelantar a velocidad muy reducida.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 87.1.b (redacción del RD 518/2026)
En los pasos para peatones señalizados como tales, en las intersecciones con vías para ciclistas y en los pasos a nivel, y en sus proximidades.Leer la norma completa
App independiente: no está afiliada a la DGT (Dirección General de Tráfico) ni al Ministerio del Interior, ni cuenta con su respaldo. El examen oficial se solicita a la DGT y se realiza en sus centros de examen. Las preguntas son material de práctica; el banco oficial de preguntas de la DGT no es público.