Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 796 / 982
¿Podemos estacionar en un carril reservado para autobuses?
- ANo.
- BSí, se puede parar, pero no estacionar.
- CSe puede parar, pero por menos de 2 minutos.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- ANo.
Explicación
En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano está prohibido parar (artículo 94.1.h del Reglamento General de Circulación) y, por tanto, también estacionar (artículo 94.2.a). Ni siquiera se permite una parada breve.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 94.1.h
En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas.Leer la norma completa
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