Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 826 / 982

¿Dónde está prohibido el adelantamiento, como norma general?
- AEn todas las curvas y cambios de rasante.
- BEn los pasos para peatones y sus proximidades.
- CEn carreteras de menos de 8 metros de ancho.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BEn los pasos para peatones y sus proximidades.
Explicación
Según el artículo 87.1.b del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), está prohibido adelantar en los pasos para peatones señalizados y en sus proximidades, así como en las intersecciones con vías para ciclistas y en los pasos a nivel. En las curvas y cambios de rasante solo está prohibido cuando son de visibilidad reducida (artículo 87.1.a).
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 87.1.b (redacción del RD 518/2026)
b) En los pasos para peatones señalizados como tales, en las intersecciones con vías para ciclistas y en los pasos a nivel, y en sus proximidades.Leer la norma completa
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