Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 831 / 982

Los agentes de la autoridad encargados de vigilar el tráfico podrán inmovilizar un vehículo cuando ...

  • Ael vehículo tenga más de diez años de antigüedad.
  • Bsupere los niveles permitidos de gases, humos y ruidos.
  • Csu conductor sea sancionado dos veces el mismo día.
Ver respuesta

Respuesta correcta

  • Bsupere los niveles permitidos de gases, humos y ruidos.
Explicación

Según el artículo 7.2 del Reglamento General de Circulación, los agentes pueden inmovilizar el vehículo que supere los niveles de gases, humos y ruidos permitidos reglamentariamente. Ni la antigüedad del vehículo ni haber sido sancionado dos veces en un día son por sí solos motivo de inmovilización.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 7.2Los agentes de la autoridad podrán inmovilizar el vehículo en el caso de que supere los niveles de gases, humos y ruidos permitidos reglamentariamenteLeer la norma completa

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