Pregunta del tema «Maniobras» · Nº 900 / 982
¿Se permite adelantar si al hacerlo se dificulta la circulación de ciclistas?
- ASí, siempre que se haga con precaución y se avise a los ciclistas con tiempo.
- BSí, siempre, incluso si se pone en peligro a los ciclistas.
- CNo, está prohibido.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- CNo, está prohibido.
Explicación
Según el artículo 85.4 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), al adelantar a ciclistas hay que tener especial cuidado para no crearles ninguna situación de peligro, y queda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario, incluso si circulan por el arcén.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 85.4 (redacción del RD 518/2026)
Queda prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario, incluso si circulan por el arcén.Leer la norma completa
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