Pregunta del tema «Dispositivos de seguridad en el vehículo» · Nº 651 / 691

En un turismo, el casco es obligatorio:

  • APara el conductor
  • BPara los pasajeros traseros
  • CNo, no es obligatorio en turismos
Ver respuesta

Respuesta correcta

  • CNo, no es obligatorio en turismos
Explicación

En los turismos no es obligatorio el casco. Según el artículo 118 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), deben usarlo los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores, los ciclistas en vías interurbanas (y los menores de dieciséis años en todo tipo de vías) y los conductores de vehículos de movilidad personal.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 118.3 (redacción del RD 518/2026)Los conductores de vehículos de movilidad personal están obligados a utilizar adecuadamente abrochado casco de protección homologado o certificado.Leer la norma completa

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