Actualizado 15 de septiembre de 2026 · 5 min de lectura
De aprobar a tener la TIP: los plazos que anulan el aprobado
Diez días hábiles para los papeles, tres meses para pedir la Tarjeta de Identidad Profesional y dos años para perder el aprobado entero. Con el texto de las bases de 2026.
Hay un tramo del proceso que casi nadie estudia porque no entra en el examen: lo que ocurre después de aprobar. Y es donde se pierden aprobados enteros, por calendario, no por conocimiento. Los plazos están en las bases de 2026 y son tres, encadenados.
Los tres relojes
| Momento | Plazo | Qué pasa si se agota |
|---|---|---|
| Publicado el acuerdo con la relación de quienes superaron las pruebas | 10 días hábiles para presentar la documentación | No se obtiene la habilitación aunque se haya aprobado, y se anulan todas las actuaciones |
| Publicada la resolución de aptos | 3 meses para solicitar la TIP | Hay que acreditar de nuevo antecedentes penales y aptitud psicofísica |
| Desde ese mismo momento | 2 años sin solicitar la TIP | Hay que superar nuevas pruebas |
El primero es el más corto y el más caro. Diez días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación del acuerdo del Tribunal, para presentar los papeles a través de las dependencias de Policía Nacional o de los registros del artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Quien no los presenta en plazo, o a quien le falta un requisito, no obtiene la habilitación aunque haya aprobado.
Los documentos, con sus trampas
Para vigilante de seguridad son seis:
a) Documento de identidad en vigor. DNI, pasaporte o permiso de conducción para españoles; Tarjeta o Autorización de Residencia o de Identidad para extranjeros, o en su defecto pasaporte.
b) Certificado original de antecedentes penales del Registro Central de Penados. Quedan exentas las personas que, al firmar la instancia, autorizaron su petición de oficio. Merece la pena marcar esa casilla al inscribirse: ahorra un trámite justo en la semana de más prisa.
c) Título de ESO, de Técnico o equivalente. Quien cursó sus estudios fuera del sistema educativo español lo acredita mediante certificación u homologación del Ministerio de Educación y Formación Profesional. Esa homologación no se resuelve en diez días hábiles: si el título es extranjero, el trámite hay que empezarlo mucho antes del examen, no después.
d) Informe original de aptitud psicofísica para prestar servicios de seguridad privada, del Real Decreto 2487/1998. Es un documento distinto del certificado médico que se entrega el día de la prueba física; se confunden constantemente.
e) Diploma del curso de formación previa, expedido por un centro de formación de seguridad privada, de al menos 180 horas y seis semanas lectivas. Para la especialidad de vigilante de explosivos se suman 30 horas lectivas propias.
f) Declaración jurada de cumplir los apartados f), g) y h) de la base 1.2 —los tres requisitos negativos: no haber sido condenado por intromisión ilegítima, no haber sido sancionado por infracción grave o muy grave en materia de seguridad, no haber sido separado del servicio—, ajustada al modelo del anexo VI.
Si algún documento está en otro idioma, va traducido al castellano y legalizado por intérprete jurado. Otro trámite que no cabe en diez días si se empieza tarde.
Qué es la TIP y por qué importa tenerla
La Tarjeta de Identidad Profesional no es un carné de empresa ni un diploma. El artículo 27.2 de la Ley 5/2014 la define como el documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras ejerce sus funciones, e incluye todas las habilitaciones de las que su titular disponga. El artículo 31.5 añade la obligación práctica: durante la prestación del servicio hay que portarla, junto con la documentación del arma cuando corresponda.
Por eso las ofertas de empleo piden «TIP en vigor» y no «examen aprobado»: sin tarjeta no se puede prestar servicio, por mucho que conste el aprobado en el BOE.
Quién la expide depende del perfil. La habilitación de todo el personal de seguridad privada corresponde a la Dirección General de la Policía, excepto la de los guardas rurales y sus especialidades, que corresponde a la Dirección General de la Guardia Civil. Es la razón de que las convocatorias de guarda rural se tramiten por otra sede electrónica y con otros plazos que las de vigilante.
La habilitación también se pierde
Una vez obtenida no es un título vitalicio. El artículo 28.3 de la Ley 5/2014 lo dice sin rodeos: la pérdida de alguno de los requisitos produce la extinción de la habilitación y la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Nacional. Una condena por delito doloso sobrevenida, una sanción grave en materia de seguridad privada o la pérdida de la aptitud psicofísica operan sobre la habilitación ya concedida, no solo sobre la solicitud.
La lectura práctica
Tres cosas conviene tener resueltas antes de presentarse al examen, no después:
- La homologación del título, si se estudió fuera de España.
- El informe de aptitud psicofísica, que caduca y conviene cuadrar con el calendario de la convocatoria.
- La autorización para pedir de oficio los antecedentes penales, marcada en la propia instancia.
Con eso hecho, los diez días hábiles son un trámite. Sin eso, son una carrera que se pierde con frecuencia.
Y el paso previo sigue siendo el mismo: aprobar cien preguntas en cincuenta minutos con medio punto de penalización por error. Nuestra aplicación reproduce ese formato y cita el artículo debajo de cada respuesta; quince preguntas se prueban sin instalar nada en el test gratis. Los requisitos de entrada, uno por uno, están en esta guía.
Fuentes: Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, artículos 27, 28 y 31.5 — BOE-A-2014-3649. Resolución de 9 de enero de 2026, de la Secretaría de Estado de Seguridad — BOE-A-2026-813, bases 6.1 y 8. Real Decreto 2487/1998.
Preguntas frecuentes
¿Aprobar el examen ya me habilita como vigilante de seguridad?
No. Aprobar es una fase. Después hay que acreditar los requisitos en diez días hábiles, obtener la habilitación y solicitar la Tarjeta de Identidad Profesional antes de tres meses.
¿Qué pasa si dejo pasar los tres meses sin pedir la TIP?
Hay que acreditar de nuevo los requisitos b) y d) de la base 6.1, es decir, antecedentes penales y aptitud psicofísica. Y si transcurren dos años sin solicitarla, hay que superar nuevas pruebas.
¿Qué es exactamente la TIP?
El documento público de acreditación del personal de seguridad privada mientras ejerce sus funciones profesionales, según el artículo 27.2 de la Ley 5/2014. Incluye todas las habilitaciones que tenga su titular y hay que portarla durante la prestación del servicio.
¿Quién expide la habilitación?
La Dirección General de la Policía para todo el personal de seguridad privada, excepto los guardas rurales y sus especialidades, que corresponden a la Dirección General de la Guardia Civil.
¿Se puede perder la habilitación una vez obtenida?
Sí. La pérdida de cualquiera de los requisitos del artículo 28 de la Ley 5/2014 produce la extinción de la habilitación y la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Nacional.

551 preguntas con la norma citada y simulacros con la fórmula del BOE.
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