Pregunta del tema «Dispositivos de seguridad en el vehículo» · Nº 46 / 691
¿Pueden utilizar los conductores de vehículos, auriculares o cascos, conectados a un aparato reproductor o emisor de sonido?
- ANo, ni siquiera los motoristas que los llevan integrados en el casco.
- BSí, porque así se evita tener que sujetar el teléfono con las manos.
- CNo, salvo los integrados en el casco de motos y ciclomotores, para comunicarse o navegar.
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Respuesta correcta
- CNo, salvo los integrados en el casco de motos y ciclomotores, para comunicarse o navegar.
Según el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), se prohíbe conducir con cascos de audio o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Se exceptúan los dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, exclusivamente con fines de intercomunicación o navegación.
la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, exclusivamente con fines de intercomunicación o navegaciónLeer la norma completa
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