Pregunta del tema «Accidentes de tráfico» · Nº 217 / 626
Un turismo, ¿tendrá que llevar obligatoriamente un extintor?
- ASí.
- BNo.
- CSolamente cuando circule por vías interurbanas.
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Respuesta correcta
- BNo.
Según el anexo XII del Reglamento General de Vehículos, el turismo no tiene que llevar extintor: su dotación obligatoria es el dispositivo luminoso de preseñalización de peligro V-16, un chaleco reflectante y una rueda de repuesto o sistema alternativo. El extintor se exige a autobuses, vehículos mixtos y de mercancías de más de 3.500 kg y conjuntos de vehículos no especiales.
llevarán la siguiente dotación: a) El dispositivo luminoso de preseñalización de peligro V-16.Leer la norma completa
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