Pregunta del tema «La vía» · Nº 268 / 534
Una motocicleta, ¿puede circular por una vía donde se ha habilitado un carril adicional?
- ASí, pero sólo puede circular por el carril adicional.
- BSí, pudiendo circular tanto por el arcén como por el carril adicional.
- CNo.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- BSí, pudiendo circular tanto por el arcén como por el carril adicional.
Explicación
Según el artículo 42 del Reglamento General de Circulación, al habilitar un carril adicional circunstancial se usan ambos arcenes para disponer de dos carriles en un sentido. La motocicleta puede circular por el arcén o por el carril adicional, a un máximo de 80 km/h y un mínimo de 60 km/h, con la luz de cruce encendida de día y de noche.
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