Pregunta del tema «Dispositivos de seguridad en el vehículo» · Nº 357 / 691

Una persona provista de un certificado médico que le exima de utilizar los sistemas de retención del vehículo, ¿está exenta de llevar abrochado el cinturón de seguridad?
- ASí.
- BNo.
- CÚnicamente fuera de poblado.
Ver respuesta
Respuesta correcta
- ASí.
Según el artículo 119 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), en poblado solo están exentos del cinturón los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia; los taxistas, los repartidores y los acompañantes de alumnos ya no lo están. Se mantienen las exenciones generales: el conductor al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento y las personas con certificado médico de exención.
La exención alcanzará igualmente cuando circulen en poblado, pero en ningún caso cuando lo hagan por autopistas, autovías o carreteras convencionales, a los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia.Leer la norma completa
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