Pregunta del tema «Dispositivos de seguridad en el vehículo» · Nº 357 / 691

Imagen de la pregunta

Una persona provista de un certificado médico que le exima de utilizar los sistemas de retención del vehículo, ¿está exenta de llevar abrochado el cinturón de seguridad?

  • ASí.
  • BNo.
  • CÚnicamente fuera de poblado.
Ver respuesta

Respuesta correcta

  • ASí.
Explicación

Según el artículo 119 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), en poblado solo están exentos del cinturón los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia; los taxistas, los repartidores y los acompañantes de alumnos ya no lo están. Se mantienen las exenciones generales: el conductor al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento y las personas con certificado médico de exención.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 119.2 (redacción del RD 518/2026)La exención alcanzará igualmente cuando circulen en poblado, pero en ningún caso cuando lo hagan por autopistas, autovías o carreteras convencionales, a los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia.Leer la norma completa

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