Pregunta del tema «Dispositivos de seguridad en el vehículo» · Nº 429 / 691

Está permitido circular sin el cinturón de seguridad...

  • Aa las mujeres embarazadas.
  • Ba los ocupantes de vehículos en servicio de urgencia, dentro de poblado.
  • Ca los repartidores de mercancías, dentro y fuera de poblado.
Ver respuesta

Respuesta correcta

  • Ba los ocupantes de vehículos en servicio de urgencia, dentro de poblado.
Explicación

Según el artículo 119 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), en poblado solo están exentos del cinturón los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia; los taxistas, los repartidores y los acompañantes de alumnos ya no lo están. Se mantienen las exenciones generales: el conductor al efectuar la maniobra de marcha atrás o de estacionamiento y las personas con certificado médico de exención.

La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 119.2 (redacción del RD 518/2026)La exención alcanzará igualmente cuando circulen en poblado, pero en ningún caso cuando lo hagan por autopistas, autovías o carreteras convencionales, a los conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia.Leer la norma completa

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