Pregunta del tema «Dispositivos de seguridad en el vehículo» · Nº 495 / 691

En relación con la seguridad vial, ¿está obligado el conductor de un ciclomotor de dos ruedas sin carrocería a utilizar casco de protección durante la circulación por vías urbanas?
- ASí, el conductor debe llevar casco, pero el pasajero no está obligado en vías urbanas.
- BSí, tanto en vías urbanas como interurbanas, el uso del casco es obligatorio para el conductor.
- CNo, en vías urbanas el uso del casco no es obligatorio para el conductor de un ciclomotor.
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Respuesta correcta
- BSí, tanto en vías urbanas como interurbanas, el uso del casco es obligatorio para el conductor.
Explicación
Según el artículo 118.1 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), conductores y pasajeros de ciclomotores deben usar casco de protección adecuadamente abrochado en todo tipo de vías, urbanas e interurbanas. La reforma suprime la antigua exención por certificado médico.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 119.3 (redacción del RD 518/2026)
El apartado 2 del artículo 119 queda redactado del siguiente modo y se suprime el apartado 3Leer la norma completa
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