Pregunta del tema «Dispositivos de seguridad en el vehículo» · Nº 275 / 691
¿Está permitido que un conductor de 17 años transporte a un menor en una bicicleta o ciclo?
- ASí, si conoce al menor
- BSí, si lleva casco
- CNo, debe ser mayor de edad
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Respuesta correcta
- CNo, debe ser mayor de edad
Explicación
Según el artículo 154 del Reglamento General de Circulación (redacción del RD 518/2026), en bicicletas y demás ciclos solo se pueden transportar pasajeros si el conductor es mayor de edad; en asientos adicionales pueden viajar menores de hasta 22 kg capaces de sentarse por sí solos. Un conductor de 17 años no puede llevarlos.
La norma · Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, Reglamento General de Circulación (RGC) · art. 154.1 (redacción del RD 518/2026)
En las bicicletas y demás ciclos se podrá transportar carga y pasajeros si el conductor es mayor de edadLeer la norma completa
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